Terminos y condiciones

LOS PRESENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES SE FUNDAMENTAN LEGALMENTE PARA SU APLICACIÓN MEDIANTE MEDIOS ELECTRÓNICOS, EN CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN LOS ARTÍCULOS 1803, 1804, 1807 Y 1834 BIS DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, ASÍ COMO EN LOS ARTÍCULOS 75,78, 89, 333, 1205, 1298-A DEL CÓDIGO DE COMERCIO FEDERAL Y EL ARTÍCULO 210-A DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. ASIMISMO, SE BASAN EN LOS ARTÍCULOS 1 Y 10 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA, ADEMÁS DE ESTAR RESPALDADOS POR LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN Y EN LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES Y LO ESTABLECIDO EN LAS JURISPRUDENCIAS 1A./J. 46/2017, 1A. XLII/2018, 1A. X/2020 (10A.)

Contrato de No Elusión y No Divulgación (NCNDA) y Contrato de Prestación de Servicios e Intermediación Mercantil, colectivamente denominados como ‘El Contrato Maestro’, celebrados por una parte por MDA TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A.S. con nombre comercial MDA Agencia, denominada en adelante ‘SolarfyHub’, y por la otra parte por ti, denominado en adelante ‘El Integrador’. Conjuntamente, ambas partes serán referidas como ‘Las Partes’.

LAS PARTES, reconociendo mutuamente su capacidad para contratar y obligarse, y tras haber expresado su voluntad libre y consciente, acuerdan someterse a los antecedentes, declaraciones, y cláusulas estipuladas en el presente contrato.

A continuación, se detallan los antecedentes, declaraciones, y cláusulas que constituirán los términos y condiciones bajo los cuales se regirá dicho servicio.

CONSIDERANDO que ‘SolarfyHub’ se distingue como una entidad dedicada a proporcionar una plataforma en línea especializada en la cotización de sistemas fotovoltaicos. Por otro lado, ‘El Integrador’ se identifica como un negocio enfocado en la comercialización e instalación de sistemas Fotovoltaicos.

DECLARACIONES I. El Integrador declara ser: (I) una persona física, mayor de edad, con capacidad para celebrar el presente Contrato Master, o (II) persona moral debidamente constituida conforme las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos y que su representante legal goza de las facultades necesarias para celebrar el presente Contrato Master, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, y los pagos realizados a través del Servicio cumplen con las leyes y normas aplicables en los Estados Unidos Mexicanos (“México”).

  1. El Integrador manifiesta su interés en suscribir el presente NCNDA con ‘SolarfyHub’ con el propósito de definir los términos y condiciones bajo los cuales el Integrador podrá utilizar la información que ‘SolarfyHub’ le proporcione bajo el principio de confidencialidad, en adelante denominada como “Información Confidencial”. Además, el Integrador se obliga y acepta que cualquier actividad comercial que ejecute utilizando la Información Confidencial suministrada por ‘SolarfyHub’, a partir de la suscripción del presente Contrato Master, generará en todo momento una comisión por intermediación mercantil a favor de ‘SolarfyHub’, cuyo monto y condiciones se especificarán detalladamente en las cláusulas de este documento.

III. El Integrador manifiesta que dispone de la capacidad operativa, infraestructura, servicios y recursos necesarios y suficientes para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que se derivan del presente contrato, comprometiéndose a realizar las actividades objeto de este contrato con la diligencia, calidad y tiempos requeridos dentro de la Plataforma de ‘SolarfyHub’.

  1. MDA TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A.S. declara que es una entidad mercantil constituida legalmente conforme a la legislación vigente de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, es titular de la marca registrada ‘SolarfyHub’ y del dominio web ‘Solarfyhub.com’, incluidas todas las cuentas derivadas de dicho dominio digital. Acredita cumplir con todos los requisitos exigidos por la legislación mexicana para la prestación de servicios de compra-venta e intermediación mercantil. Ofrece servicios de comercialización de Sistemas Fotovoltaicos provistos por diversos Integradores Solares, a través de una Plataforma Digital operada vía internet desde cualquier parte del mundo.

Por consiguiente y en consideración a su mutuo acuerdo y condiciones como adelante se establece, las Partes acuerdan lo siguiente:

  1. Toda información que ‘SolarfyHub’ sus empleados, socios, asociados directores y/o representante legales y sus partes relacionadas le proporcione al Integrador, la cual podrá ser tanto escrita y/u oral y/o cualquier material que lleguen a apreciar de manera visual con la finalidad de que el Integrador o sus partes relacionadas concurse y, en su caso, logre alguna Transacción Comercial con algún Cliente interesado en adquirir un Sistema Fotovoltaico en cualquier momento durante la vigencia del presente Contrato Master, se entenderá como Información Confidencial.
  2. El término “Integrador”, según se define en este documento, comprende a la Persona Física o Moral especificada en el preámbulo, así como a todos los socios, representantes legales y empleados que forman parte o colaboran, de manera directa o indirecta, con dicha Persona Física o Moral, independientemente del nivel o grado de su participación en la entidad.

VII. El Integrador se compromete a hacer del conocimiento a todas las partes de su organización involucradas con las actividades relacionadas a ‘SolarfyHub’ o descritas en el presente Contrato Master, la existencia del NCNDA así como sus alcances y consecuencias en términos de la Cláusula Sexta del presente documento.

Expresamente acuerdan someterse a las obligaciones y condiciones estipuladas en las cláusulas que a continuación se detallan:

OBLIGACIONES

Obligaciones de SolarfyHub:

  1. Debe permitir al Integrador el uso de su plataforma digital especializada en la cotización de sistemas fotovoltaicos, siempre que este cumpla con sus obligaciones dentro de la misma.
  2. Debe suministrar al Integrador información suficiente y continua para la cotización preliminar de sistemas fotovoltaicos, basada en las solicitudes de los clientes que utilizan la plataforma.
  3. SolarfyHub debe asegurar que su plataforma digital funcione adecuadamente y esté actualizada para cumplir con el propósito del servicio.

Obligaciones del Integrador:

  1. El Integrador se compromete a dar la máxima prioridad a los proyectos que SolarfyHub le asigne a través de su Sistema de Seguimiento de Proyectos Fotovoltaicos, asegurando una respuesta y gestión ágiles para satisfacer las demandas y expectativas de los clientes.
  2. Debe garantizar el cumplimiento estricto de los plazos de ejecución estipulados por la plataforma para cada proyecto, contribuyendo a la eficiencia del servicio y a la satisfacción del cliente.
  3. Compromiso de mantener los precios establecidos en la cotización preliminar ofrecida a través de la plataforma, asegurando que estos precios no excedan los precios que el instalador ofrece públicamente fuera de la plataforma, incluyendo promociones y descuentos. Se reconoce que estos precios pueden ajustarse basados en los hallazgos durante la visita técnica, lo cual debe quedar claramente reflejado en la cotización final entregada al cliente.
  4. Obligación de realizar el pago de todas las comisiones y contraprestaciones económicas acordadas en las cláusulas del contrato, en los tiempos y formas estipulados, como retribución por el uso de la plataforma y los servicios asociados.
  5. Debe ofrecer una garantía de al menos dos años para la instalación de sistemas fotovoltaicos realizadas, cubriendo tanto la mano de obra como los componentes instalados, para asegurar la confianza y satisfacción del cliente a largo plazo.
  6. Se reitera la importancia de tratar toda la información obtenida a través de la plataforma y en la comunicación con clientes o prospectos con la máxima confidencialidad, siguiendo los términos del contrato y la legislación aplicable. Esto incluye, pero no se limita a, datos personales, información técnica, comercial y financiera.

Obligaciones Mutuas:

  1. Ambas partes deben cumplir con la legislación mexicana vigente en todas las operaciones y transacciones que se deriven de este contrato.
  2. Tanto SolarfyHub como el Integrador deben asegurarse de proteger y no divulgar información confidencial obtenida a través de su colaboración, conforme a lo establecido en el NCNDA y el contrato.

 

CLÁUSULAS Cláusula Primera. Consentimiento.- En la Plataforma Digital de ‘SolarfyHub’ en la sección o página digital correspondiente al “Registro de proveedor(es)”, al dar seleccionar la opción “CREAR CUENTA”, el Integrador, acepta que ha leído y celebra el presente Contrato Master con ‘SolarfyHub’ y se obliga a cumplir con todas las obligaciones a su cargo, (b) consiente y acepta expresamente los términos y condiciones estipulados en el presente Contrato Master y (c) declara, según sea aplicable, ser (i) una persona física con capacidad para obligarse conforme a los términos descritos en este Contrato Master, o (ii) una persona moral debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y que goza de facultades suficientes para obligar a la persona moral a cumplir con los términos descritos en este Contrato Master, (iii) y que cualquier persona a su cargo que haga uso del servicio brindado por SolarfyHub, conoce y entiende estos términos y condiciones; y entiende que (d) como el Integrador es plenamente responsable del uso que se haga con la Información Confidencial y el servicio relacionado con su cuenta de ‘SolarfyHub’, independientemente de quién lo haya usado. Adicionalmente, el Integrador acepta que las notificaciones requeridas legalmente y así como cualquier otra información relativa a los derechos y obligaciones legales como Integrador, podrán ser enviados y remitidos de manera electrónica por ‘SolarfyHub’; y que la firma electrónica de él como Integrador en los contratos y otros documentos (aceptación vía internet), tiene el mismo efecto vinculante que el que tendría la firma autógrafa.

Cláusula Segunda. Definiciones.- Acuerdan las Partes que para los efectos del presente Contrato Master, con el objeto de no incurrir en errores y en aras de la brevedad de los conceptos, cuando los siguientes términos sean escritos con letras mayúsculas o minúsculas (ya fuere que se utilicen en femenino o masculino, singular o plural) tendrán el significado que a continuación se les asigna: I. Cliente: Se refiera a un prospecto de “Cliente” o “Cliente activo” que haya sido presentado o introducido al Integrador a través de la Plataforma Digital o algún Socio, Directivo o empleado de ‘SolarfyHub’ y se registra en ‘SolarfyHub’ usando el sitio web ‘Solarfyhub.com’ para crear una Cuenta de Cliente y crear proyectos: solicitar cotizaciones para adquirir Sistemas Fotovoltaicos. II. ‘SolarfyHub’: Se refiere a MDA TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A.S., según se define en el encabezado del presente Contrato Master. III. Domicilio de Instalación: Se refiere al domicilio donde es o será instalado el Sistema Fotovoltaico. IV. Ductería y cableado: Se refiera a los ductos de utilizados por dónde van los cables, ya sea de corriente directa (DC) o corriente alterna (AC), se refiera al cable mismo utilizado, ya sea de tipo fotovoltaico o cable normal, del calibre de acuerdo a las especificaciones de los fabricantes y capacidad de corriente que se transmitirá por los mismos. V. Encendido permanente del Sistema Fotovoltaico: Se refiera al encendido del equipo: Inversor(es) y en consecuencia Paneles Solares, una vez que la Compañía de Luz (CFE), autorizo la Interconexión del Sistema Fotovoltaico a la Red eléctrica y realizó el cambio del medidor tradicional por un medidor bidireccional. VI. Equipo Fotovoltaico: Se refiere de forma individual al(los) Inversor(es) utilizado(s) u ofrecido(s), o a los Paneles Solares, o de forma conjunta a ambos. VII. Estructura Fotovoltaica: Se refiera a los Rieles, Perfiles, insumos fotovoltaicos y tornillería de aluminio o acero utilizada para soportar los Paneles Solares. VIII. Fecha de Publicación: Se refiere a la fecha en que el Integrador captura su cotización en la Plataforma Digital y esta se muestra, a través de la misma Plataforma Digital, en la Cuenta del Cliente. IX. Fecha de Registro: Es la fecha en que el Integrador, a través del sitio web https://SolarfyHub.com, captura su información personal y acepta los Términos y Condiciones descritos en este documento y relativos al presente Contrato Master. X. Información Confidencial: Adicional a lo definido en el presente documento, también se entenderá como información Confidencial aquella información de aplicación industrial o comercial proporcionada por SolarfyHub sus empleados, socios, asociados directores y/o representante legales y sus partes relacionadas o de los Clientes o Prospectos presentados por ‘SolarfyHub’ a ‘El Integrador’ que tenga como finalidad obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas, así como de toda aquella información que adquiera en forma verbal o escrita, a través de documentos, gráficas, medios electrónicos o electromagnéticos, que conlleve a, bases de datos, procedimientos, patentes, marcas registradas o no registradas, estrategias, información del mercado, especificaciones sobre las actividades desarrolladas, información técnica, financiera y comercial relativa a nombres de proveedores, clientes pasados, actuales y/o futuros o socios potenciales, propuestas de negocios, reportes, planes, nombres comerciales o imagen de la empresa, documentos de trabajo, cifras de ventas, manuales de entrenamiento, listas de precios, claves y Contraseñas, correos electrónicos y demás medios que pueda categorizar el artículo 82 de la Ley de Propiedad Industrial y las jurisprudencias emitidas por el Pleno, las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Pleno de Colegiado o los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación. Al igual se considerará como Información Confidencial toda aquella información compartida por los Clientes o Prospectos de Clientes presentados por ‘SolarfyHub’, relativo a sus empleados, socios, asociados directores y/o representante legales y sus partes relacionadas, que sea de manera escrita u oral, de forma enunciativa más no limitativa, domicilios, teléfonos de contactos, número de seguridad social, ideología, claves informáticas, vida familiar, códigos personales, incluyendo todo aquello que se encuentren vinculados con su intimidad, teléfonos, datos personales y datos patrimoniales, entre otros. En caso de incumplimiento con sus obligaciones de confidencialidad establecidas en este Contrato, se tendrá el derecho a buscar medidas legales y equitativas para proteger sus intereses, incluyendo, pero no limitado a, indemnizaciones por daños y perjuicios. Esta Cláusula de Confidencialidad se interpretará y aplicará de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, en particular, con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la Ley de Propiedad Industrial, el Código Civil Federal y el Código de Comercio, y demás leyes competentes. Para la resolución de cualquier controversia derivada de la aplicación de esta Cláusula de Confidencialidad, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de Boca del Río, en Veracruz. XI. Inspección Técnica: Se refiere a la visita técnica que hace el Integrador para verificar físicamente la viabilidad de la instalación de la cantidad de paneles Solares ofertados, así como para evaluar las necesidades de ajuste o no a la Estructura Fotovoltaica para evitar sombras o equipo de otra índole previamente instalado en el área pensada donde se instalara el Sistema Fotovoltaico; así como dimensionar la distancia entre los Paneles Solares, el(los) Inversor(es) y el Centro de Carga donde se interconectara el Sistema Fotovoltaico con la Red eléctrica. XII. Integrador: Es la persona física o moral especializada en vender e instalar Sistemas Fotovoltaicos y que se registró como tal en ‘SolarfyHub’ a través de la Plataforma Digital en el sitio web https://SolarfyHub.com  y define su personalidad a través de dicho registro, el encabezado del presente Contrato Master y la Declaración I. de este documento. XIII. Inversor: Es el equipo físico eléctrico/electrónico utilizado en los Sistemas Fotovoltaicos para convertir la corriente directa (DC) producida por los Paneles Solares en corriente alterna (AC). XIV. IVA: Se refiere al Impuesto al Valor Agregado. XV. NCNDA: Siglas del término en idioma ingles: Non-Circumvention & Non-Disclosure Agreement, cuya traducción al español es: Convenio de No-Elusión y No-Divulgación y se refiere de forma enunciativa, mas no limitativa a las Cláusulas de la Tercera a la Octava de este Contrato Master, así como otras relacionadas dentro de cuerpo de este mismo documento. XVI. Paneles Solares: Se refiere a las celdas fotovoltaicas que producen energía en corriente directa (DC), según la capacidad especificada. XVII. Plataforma Digital: Es el sistema de cómputo propiedad de SolarfyHub que se accesa a través de uno o varios sitios web por internet y que permite registrar Proveedores, Clientes, Cotizaciones y Ofertas de diversas cotizaciones y servicios para el Cliente provistas por los Integradores; donde todos los involucrados capturan o accesan la información a partir del sitio https://SolarfyHub.com y los sitios que derivan de él. XVIII. Precio Publicado: Corresponde al valor al cual un Integrador comercializa un Sistema Fotovoltaico a un Cliente mediante SolarfyHub. Este precio, sin excepción, debe ser igual o inferior al precio público de lista que la integradora ofrece en situaciones de contacto directo o iniciativas propias fuera de la plataforma. XIX. Paridad del Dólar DOF: Es el valor del dólar en pesos mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación de un día en específico. Dicho valor es determinado todos los días hábiles por Banco de México. XX. Prueba de Encendido: Es la prueba que se realiza, una vez terminada la instalación del Sistema Fotovoltaico, a efecto de verificar que el Sistema Fotovoltaico funciona correctamente. XXI. Sistema Fotovoltaico: Sistema de generación de energía eléctrica mediante celdas solares, denominadas comúnmente Paneles Solares, integrado por diversos componentes tales como Paneles Solares, Inversor(es), Estructura, suministros y componentes eléctricos y electrónicos. XXII. Trámite de Interconexión: Es el trámite que realiza el integrador ante la Compañía de Luz (CFE) para que autorice la interconexión entre el Sistema Fotovoltaico y la Red eléctrica. Dicho trámite conlleva al cambio del Medidor convencional que tiene el Cliente por un Medidor Bidireccional. XXIII. Transacciones comerciales: Se entiende por cualquier operación mercantil que se lleva a cabo entre el Integrador y el Cliente, ya sea a partir de información confidencial o no, proporcionada por SolarfyHub a través de la Plataforma Digital o por cualquier otro medio. XXIV. Cotización Preliminar: Conocida también como cotización base o estándar, representa el primer presupuesto que una empresa de paneles solares ofrece a un cliente potencial a través de Solarfy Hub. Este presupuesto inicial se elabora antes de realizar la Inspección Técnica, fundamentándose en la información preliminar aportada por el cliente. Dicha información incluye aspectos como el consumo eléctrico mensual, el espacio disponible para instalar los paneles y otros detalles obtenidos mediante una llamada telefónica, un formulario online o una consulta inicial. XXV. Cotización final: Esta cotización se basa en el análisis detallado de las necesidades específicas del cliente y las condiciones del sitio después de la evaluación técnica in situ. XXVI. Valor del Proyecto: Es el precio del sistema Fotovoltaico que acepto el Cliente para o por la realización de una Transacción Comercial, el cual incluye IVA; y una vez realizada se entenderá como Venta Concretada. XXVII. Venta Concretada: Es la venta que realiza el Integrador a través de la Intermediación Mercantil de SolarfyHub. XXVIII. Porcentaje de Comisión: Es la tarifa proporcional, expresada como un porcentaje, que Solarfy Hub cobra a los Integradores por cada transacción comercial exitosa realizada a través de su plataforma digital. Este porcentaje se calcula sobre el valor total de la venta concretada de sistemas fotovoltaicos entre el Integrador y el Cliente final. La comisión es compensación por el acceso a una serie de servicios y beneficios proporcionados por Solarfy Hub, incluyendo, pero no limitándose a, la utilización de la plataforma especializada en la cotización de sistemas fotovoltaicos, el acceso a información detallada y actualizada para la cotización, la exposición a una base de clientes potenciales interesados en adquirir sistemas fotovoltaicos, y el apoyo en el proceso de comercialización e instalación de paneles solares. Este porcentaje se establece con el fin de cubrir los costes operativos de la plataforma, invertir en su mejora y desarrollo continuo, y asegurar un modelo de negocio sostenible que beneficie tanto a Solarfy Hub como a los Integradores participantes. XXIV. Sistema de Seguimiento de Clientes Potenciales: También conocido como “Gestor de proyectos”, es una Herramienta proporcionada por SolarfyHub que centraliza y organiza la información de los clientes, automatiza procesos de negocio, mejora la comunicación y el servicio al cliente. XXV. Sistema de Seguimiento de Proyectos Fotovoltaicos: Se refiere a un conjunto de herramientas y metodologías diseñadas específicamente para monitorear y gestionar el progreso de proyectos de instalación de sistemas de energía solar fotovoltaica. Este sistema abarca desde la fase de planificación inicial hasta la ejecución, finalización y operación post-instalación de los proyectos. XXVI. Precio público: se refiere al importe que una empresa o proveedor establece para la venta de un producto o servicio a sus clientes finales, es decir, la persona o entidad que adquiere un producto o servicio para su uso o consumo propio, y no para revenderlo o integrarlo en un proceso de producción de otro bien o servicio que será ofrecido en el mercado.

ALCANCE del Contrato de No Elusión y No Divulgación (“NCNDA”)

Cláusula Tercera. Utilización. – El Integrador no podrá utilizar la información que obtenga o reciba por el uso de la Plataforma Digital para cualquier propósito distinto al especificado en el presente documento, ni en forma alguna que pudiera ser dañina o que coloque en desventaja el interés de SolarfyHub. La información se mantendrá en todo momento como confidencial y no será usada para proporcionar, estar en contacto con, o negociar con ninguna otra parte que pudiera estar interesada en dicha información. Así mismo se compromete a tratar como estrictamente confidencial, se obliga expresamente y conviene en que bajo ninguna circunstancia o tiempo dará a conocer ni publicará, revelará o divulgará directa o indirectamente, por si o a través de terceros, a persona física o moral alguna, durante el término de duración de este convenio ni después de concluido el mismo, los secretos industriales, Información Confidencial en todos sus grados, conocimientos o hechos derivados de aquel, que sean utilizados por SolarfyHub o que ésta última posea o guarde en representación de terceras personas, excepto cuando SolarfyHub otorgue previa y expresamente su consentimiento y autorización para ello por escrito. Así mismo, el Integrador no podrá alterar, reproducir o modificar el contenido de la información ni de los documentos, bases de datos o medios materiales en que constará, ni podrá obtener duplicados por cualesquiera medios, técnicas o tecnologías, conocidas o por conocerse de toda clase de información definida en la Cláusula Segunda de este instrumento en su apartado: Información Confidencial y que le haya sido otorgada por el servicio de SolarfyHub, sino mediante autorización expresa de ésta. De igual forma, toda la Información o desarrollo tecnológico u operacional desarrollado por el Integrador en favor o para cualquier activad relacionada con SolarfyHub durante la vigencia del presente convenio, es y será permanentemente, aun posterior al termino de vigencia del presente convenio, propiedad tanto física como intelectual de SolarfyHub.

Cláusula Cuarta. Manejo de la Información.- Toda información que se proporcione por cualquier Director, Empleado o Representante de SolarfyHub, así como estudios o documentos, siendo éstos de manera enunciativa mas no limitativa; el Integrador, despachos, Autoridades a las que sea necesario solicitar información, así como a Instituciones Financieras o Gubernamentales y que éstos documentos sean utilizados para cualquier actividad relacionada con SolarfyHub, se sujetarán siempre a los términos y condiciones establecidos en este Contrato Master. El Integrador se compromete a guardar absoluta discreción respecto la realización de las actividades relativas a la Información y de operación de SolarfyHub, no divulgará dichos eventos por ningún medio durante la vigencia del presente Contrato Master y después del vencimiento del mismo, pues de hacerlo el Integrador se sujetará a lo estipulado en la Cláusula Sexta del presente Contrato Master. El resultado obtenido de la realización de las actividades relativas a la Información Confidencial y de operación de SolarfyHub, cualquiera que este fuese, el beneficiario único y titular exclusivo será SolarfyHub, considerándose al Integrador como proveedor. En el caso de que el Integrador sea requerido legalmente a revelar la información proporcionada por SolarfyHub sobre una base de confidencialidad, deberá a la brevedad posible notificar de tal situación a SolarfyHub, para que ésta última pueda interponer aquellas acciones legales que procedan de conformidad con la legislación aplicable, para efecto de proteger la confidencialidad de dicha información, lo anterior en el entendido de que el Integrador estará obligado a proporcionar a SolarfyHub todo el apoyo y ayuda necesarios dentro de sus posibilidades para lograr tal fin, inclusive en lo relativo a ejercer en forma directa todas aquellas acciones y excepciones legales que se encaminen a salvaguardar los intereses de SolarfyHub.

Cláusula Quinta. Avisos. – En caso de que el Integrador decida no continuar, las actividades relacionadas con la Información Confidencial y la operación de SolarfyHub, tal como fueron designadas por SolarfyHub, o no logre completarlas exitosamente, deberá informar por escrito a SolarfyHub con al menos 15 días hábiles de antelación a la fecha prevista para cesar dichas actividades. Asimismo, el Integrador deberá entregar a SolarfyHub todas las copias de la información confidencial, asegurándose de destruir todas las copias, reproducciones, extractos, así como cualquier tipo de documento, memorándum, notas y otros escritos elaborados por o para SolarfyHub basados en la Información Confidencial. El Integrador se compromete a proteger en todo momento la Información Confidencial desarrollada o utilizada por él en favor de SolarfyHub. A petición de SolarfyHub, un directivo de la empresa certificará que toda la Información Confidencial en manos de sus representantes ha sido devuelta o, en su caso, destruida. No obstante, la responsabilidad legal y comercial del Integrador derivada del manejo de la Información Confidencial durante la vigencia de este Contrato Master permanecerá activa hasta diez años después de la notificación a SolarfyHub sobre la suspensión de las operaciones por parte del Integrador. Esto no exime al Integrador de su responsabilidad en relación con otras cláusulas del presente Contrato Master. Para la resolución de cualquier controversia derivada de la aplicación de esta Cláusula de Confidencialidad, las Partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de Boca del Río, en Veracruz.

Cláusula Sexta. Responsabilidad. – El Integrador se obliga a cumplir con todas las medidas de seguridad, disposiciones, reglamentos, normativas y leyes establecidas por las autoridades competentes en materia de seguridad e higiene, tanto federales, estatales y municipales, durante todo el proceso de instalación, aceptando toda responsabilidad penal, civil, económica que del ejercicio que de esta surja. El integrador asegura a) utilizar materiales y equipos que cumplan con las normas de seguridad e higiene aplicables; b) contar con personal capacitado en materia de seguridad e higiene, incluyendo la debida formación en primeros auxilios y prevención de riesgos; c) que Implementa las medidas de control y prevención de riesgos, tales como la elaboración de un plan de seguridad e higiene, la señalización de riesgos y la provisión de equipo de protección personal a los trabajadores; d) que informará a las autoridades sobre cualquier incidente que pueda afectar la seguridad e higiene, incluyendo accidentes de trabajo. El Integrador asume toda la responsabilidad y, por lo tanto, exime a MDA TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A.S., de cualquier responsabilidad penal, civil, administrativa o de cualquier otra índole relacionada con cualquier accidente o incidente que pueda suceder durante el proceso de instalación. Esto incluye, pero no se limita a, i) Los daños y perjuicios causados a terceros, incluyendo a los trabajadores de la integradora y a los de otras empresas que se encuentren en el lugar de la instalación. ii) Los costos de reparación o reposición de los bienes dañados. iii) Las multas y sanciones impuestas por las autoridades; iv) Accidentes personales, incluyendo lesiones y muerte; v) Daños a la propiedad, tanto de la integradora como de terceros; vi) Daños ambientales; vii) Pedidas económicas. El Integrador reconoce y acepta que la divulgación o utilización no autorizada de la Información Confidencial o el incumplimiento de las obligaciones a su cargo previstas en el presente Contrato Master o acciones realizadas por el Integrador que dejen al margen a SolarfyHub de alguna Transacción Comercial entre el Integrador y algún Cliente o Prospecto de Cliente presentado o introducido por SolarfyHub, podría causar daños y perjuicios a SolarfyHub, en cuyo caso el Integrador acepta la responsable y deberá pagar una indemnización por tal concepto en términos del presente Contrato Master. Todo lo anterior en el entendido, de que la divulgación o mal utilización de la Información Confidencial también podría dar lugar a las acciones penales que correspondan en los términos de las fracciones III, IV y V (tercera, cuarta y quinta) del Artículo 223 (doscientos veintitrés) de la Ley de la Propiedad Industrial y los artículos 371, 372 y 373 del Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y correlativos en los otros Estados de la República Mexicana, así como la suspensión temporal o definitiva del servicio de SolarfyHub para con el Integrador. De igual manera, el Integrador, responderán por algún daño y perjuicio que pueda generarse, cuando la reclamación que genere algún tercero titular de los datos divulgados o mal utilizados, vulnere a la parte que carece de responsabilidad en el acto ya sea SolarfyHub, el mismo tercero titular de los datos divulgados o mal utilizados o algún otro tercero, sobre cualquier elemento que tenga consigo el detrimento del patrimonio del mismo. Asimismo, se entenderá el mismo tratamiento de responsabilidad para efecto de los tipos penales que establece la ley de la materia.

Cláusula Séptima. Tratamiento de Datos Personales. – El Integrador se obliga a utilizar la información proporcionada por SolarfyHub únicamente para el fin establecido en el presente Contrato Master. El Integrador se compromete a mantener la más estricta confidencialidad de dicha información, incluyendo datos personales y datos personales sensibles, y a advertir de este deber de confidencialidad y secreto a sus empleados, asociados y a cualquier persona que deba tener acceso a dicha información para el correcto cumplimiento de las obligaciones entre las Partes. El Integrador no podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente Contrato Master sin previa autorización escrita y expresa de SolarfyHub, la cual deberá ser realizada a través de un escrito con un término de anticipación de 5 (cinco) días hábiles.

El Integrador adoptará respecto de la información objeto del presente Convenio las medidas de seguridad que normalmente adoptaría respecto a la Información Confidencial de su propia empresa, evitando su pérdida, robo o sustracción. Para efectos de esta Cláusula, la confidencialidad de la información abarca desde los datos personales hasta los datos personales sensibles, de acuerdo a los conceptos establecidos en el artículo 3 (tres), fracciones V (quinta) y VI (sexta) de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Cláusula Octava. Obligación para la Protección de Datos Personales e Información Confidencial. El Integrador se obliga a cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y demás normatividad aplicable, garantizando la seguridad y privacidad de la información de SolarfyHub y EL CLIENTE. El acceso a las bases de datos se limitará a los empleados que lo necesiten, con mecanismos de control de acceso. Cualquier incidente de seguridad será notificado de inmediato a SolarfyHub, con plazos y canales de comunicación específicos. El Integrador implementará medidas de seguridad técnicas y organizativas, y solo utilizará la información para las finalidades autorizadas por SolarfyHub. Al finalizar la relación contractual, se devolverá la documentación y copias de información confidencial en un plazo específico. Se definen los términos clave, se establecen mecanismos para el ejercicio de los derechos ARCO y se contemplan cláusulas sobre transferencia internacional de datos, subcontratación y responsabilidad.

Alcance del Contrato de Prestación de Servicios e Intermediación Mercantil.

Cláusula Novena. Objeto del Servicio. – Establecer las condiciones de colaboración, así como los términos y condiciones bajo los cuales SOLARFYHUB, proporcionará al “Integrador” el acceso a su plataforma Digital, la cual está especializada en la cotización de sistemas fotovoltaicos. Este acceso permitirá al “Integrador” presentar sus servicios de comercialización e instalación de paneles solares a potenciales clientes (“EL CLIENTE”), facilitando así una comparativa detallada que abarca precios, calidades y beneficios de sus servicios frente a la oferta del mercado. SolarfyHub proporcionará continuamente al Integrador información suficiente para la cotización de Sistemas Fotovoltaicos, misma que corresponden a las solicitudes de los Cliente que han requerido el servicio de SolarfyHub a través de su Plataforma Digital con objeto de que el Integrador concurse por lograr una Transacción Comercial o concretar una venta (Venta Concretada) con el Cliente, relativa al Sistema Fotovoltaico ofertado por el Integrador a través de la citada Plataforma Digital. Toda información proporcionada a través de la Plataforma Digital, así como la información que se obtenga por la comunicación entre el Integrador y Cliente o Prospecto de Cliente presentado o introducido al amparo de este Contrato Master, está sujeta a los términos totales del presente documento haciéndose énfasis en las cláusulas correspondientes al NCNDA plasmadas en este contrato y en legislación mexicana vigente.

Cláusula Décima. Contraprestación. – El acuerdo de colaboración entre el Integrador y SolarfyHub establece una contraprestación económica para SolarfyHub en reconocimiento y compensación por los servicios que proporciona a través de su plataforma digital. El monto de la contraprestación se calcula en función de las ventajas detalladas y justificadas en la Cláusula Novena, y de los beneficios del paquete de servicios que el Integrador elija de entre las opciones que ofrece SolarfyHub, más el IVA correspondiente. El pago se realizará mensualmente mediante y puede ser sujeta a domiciliación bancaria por el acceso a la Plataforma Digital, garantizando al integrador un acceso regular y continuo dentro de SolarfyHub. Así mismo, el Integrador pagará a SolarfyHub una comisión por cada venta realizada con un cliente presentado a través de la Plataforma Digital. La comisión será variable correspondiendo al paquete contratado por el instalador más IVA sobre el total de la venta por concepto de Intermediación Mercantil, dicha comisión será cubierta a partir del primer pago del cliente. Además, el Integrador pagará a SolarfyHub un 2% adicional más IVA sobre el total de la venta si SolarfyHub gestiona el financiamiento de la venta. MDA Agencia se reserva el derecho de modificar los precios, los servicios ofrecidos y los beneficios sin previo aviso al Integrador.

Cláusula Décima Primera. Ajustes tarifarios. – MDA Agencia se reserva el derecho de modificar los precios, los servicios ofrecidos y los beneficios dentro de SolarfyHub, con la obligación de notificar al Integrador con al menos 30 días de anticipación, esta podrá realizarse por medio de la plataforma y/o correo de la integradora. Las modificaciones se podrán realizar por las siguientes causas a) Cambios en las condiciones del mercado: Si el mercado en el que opera SolarfyHub cambia significativamente, la empresa puede necesitar modificar sus precios o servicios para adaptarse a las nuevas condiciones; b) Modificaciones en la legislación aplicable: Si las leyes o regulaciones que afectan a MDA Agencia cambian, la empresa puede necesitar modificar sus términos y condiciones para cumplir con la nueva legislación; c) Necesidades de mejora del servicio: SolarfyHub puede necesitar modificar sus servicios para mejorarlos o para añadir nuevas funcionalidades. d) El Integrador tendrá derecho a rescindir el contrato sin penalización alguna si no está de acuerdo con las modificaciones realizadas por SolarfyHub. Esto significa que, si el Integrador no está satisfecho con los cambios realizados por SolarfyHub, puede cancelar el contrato sin tener que pagar ninguna penalización.

Cláusula Décima Segunda. Procedimiento de Operación. – Derivado del servicio a que hace referencia la Cláusula del “Objeto del Servicio” de este documento, el Integrador se sujetará al siguiente procedimiento de operación, mismo que solo podrá ser modificado a notificación expresa de SolarfyHub: Cotización al Cliente I. El Integrador solo se podrá registrarse y CREAR CUENTA en términos de la Cláusula Primera de este documento para obtener el servicio descrito en la multicitada Clausula del “Objeto del Servicio” de este instrumento, a través de solicitar su registro en la página https://SolarfyHub.com y validar su correo electrónico. II. En dicho registro, el correo electrónico que especifique, a partir de ese momento será considerado como su Firma Electrónica en términos de los artículos 1803 del Código Civil Federal, 89, 1205, 1298-A del Código de Comercio Federal y 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles. III. Únicamente podrá ser sustituido dicho correo electrónico como Firma Electrónica, mediante acuerdo de las Partes por escrito. IV. Una vez registrado el Integrador y validada su cuenta de correo electrónico, podrá empezar ofrecer cotizaciones preliminares a Clientes dentro de SolarfyHub, a través del correo electrónico con dominio “@Solarfyhub.com”, las notificaciones podrán ser enviadas por alguno de estos medios a) correo electrónico registrado por el integrador b) Sistema de Seguimiento de Clientes Potenciales c) llamada o telefónica o por plataforma digital. V. Para la elaboración de esta cotización, se proporcionará al integrador la siguiente información del cliente: i) Monto facturado del último recibo de luz, ii) código postal donde se ubica el Cliente, iii) Último mes facturado por la compañía de luz, iv) Tipo de tarifa, v) Consumo del último año, ya sea mensual o bimestral, según el caso. VI. Posteriormente el Integrador deberá realizar su cotización preliminar, considerando los siguientes aspectos: a. Marca y potencia a discreción del Integrador b. Inversor(es) o micro inversor(es) y su(s) capacidad(es), a discreción del Integrador. c. Estructura de aluminio d. Cableado e insumos eléctricos y/o electrónicos, de acuerdo a los estándares de instalación del propio del Integrador; recomendándose una inclinación máxima de acuerdo a la ubicación geográfica. e. Monitoreo f. Mano de Obra, flete y todos aquellos insumos que se consideren pertinentes, según el caso o estándares del propio Integrador. g. Salvedades comúnmente no incluidas en la cotización: i) Sobre altura o distancias superiores a las consideradas como estándar del Integrador, a efecto de evitar sombras, equipo instalado que afecten la orografía del área o ubicación física del área de instalación, ii) Flete por distancias fuera del área de operación del Integrador, iii) Requerimientos de sobre estructura de aluminio o acero por estética o requerimientos particulares del Cliente. h. La cotización deberá de mostrarse en pesos mexicanos, totalizando su valor con IVA incluido. i. La vigencia de dicha cotización será de 15 días naturales a partir de su envío y publicación en términos del punto VII. de esta Clausula. Tratamiento de Datos Personales. Una vez elaborada la cotización, en la misma página de la Plataforma Digital donde obtuvo la información para efectos de la cotización, deberá introducir: i) Precio del Sistema Fotovoltaico, llave en mano, con las consideraciones y salvedades definidas en el punto g) del inciso anterior, ii) Cantidad de paneles, iii) Potencia de cada panel en watts, iv) Producción promedio del periodo en cuestión, bimestral o mensual, según el caso. Finalmente, el integrador enviará la cotización preliminar para ser presentada por SolafyHub. La información se le proporcionará al Cliente, el cual será asesorado por un experto SolarfyHub y seleccionar la de su preferencia. IX. Una vez que el Cliente haya seleccionado al Integrador para adquirir su Sistema Fotovoltaico, SolarfyHub revelara al Integrador la información personal de dicho cliente a efecto de que se realice la Inspección Técnica y se determine si existe o no algún ajuste al precio cotizado derivado de alguna de las salvedades descritas en el inciso g) del punto VI. de esta Cláusula. Seguimiento X. A través de la Plataforma Digital el Cliente podrá seleccionar a uno de los proveedores, por sus diferentes opciones tales como: i) Aplicar para crédito, ii) Comprar de contado, iii) Pagar un apartado, a efecto de fijar precio, iv) Solicitar más información. XI. Por cada una de las opciones que seleccione el Cliente, llegara un correo al Integrador informándole la acción solicitada, debiendo recordar el Integrador que el mismo Cliente puede solicitar la misma opción con otro Integrador. XII. Una vez definida la selección por parte del Cliente, SolarfyHub le notificara al Integrador seleccionado la decisión del Cliente y los pasos a seguir para la formalización del proceso. XIII. El integrador será notificado de su designación para la ejecución del proyecto, ya sea a través del Sistema de Seguimiento de Proyectos Fotovoltaicos o por correo electrónico. XIV. La ejecución del proyecto asignado por SolarfyHub se monitoreará mediante el Sistema de Seguimiento de Proyectos Fotovoltaicos, asegurando así el cumplimiento de los plazos establecidos.

Cláusula Décima Tercera. Opción de Financiamiento. – SolarfyHub, a solicitud expresa del Cliente o prospecto de Cliente en términos del inciso X. de la Cláusula anterior, gestionará ante diversas Instituciones las diferentes opciones de financiamiento con las que opera, para tal efecto SolarfyHub le solicitará al Integrador la cotización formal del Cliente, a efecto de gestionar adecuadamente el financiamiento requerido; cotización que el Integrador deberá dirigir a SolarfyHub con el No. del Cliente en referencia. Para la ejecución de dicha gestión, eventualmente SolarfyHub solicitará el apoyo del Integrador para recabar documentación o firmas del Cliente; acción que estará sujeta a los términos del NCNDA de este documento: No Elusión y No Divulgación, en el entendido que la disposición del financiamiento y el Pago al Integrador será en los términos de las Cláusulas Décima y Décima Quinta de este instrumento.

Cláusula Décima Cuarta. Apartado y Pago de Contado. – El Cliente tendrá el derecho irrevocable de adquirir el sistema fotovoltaico al contado en cualquier momento. A tal efecto, el Integrador se compromete a mantener inalterable el precio de venta publicado en la Plataforma Digital por un término de treinta (30) días naturales contados a partir de su Fecha de Publicación. Al efectuar el cliente, el pago de apartado según lo especificado en la Plataforma Digital, el Integrador se obligará a mantener el precio de venta publicado de manera fija contra cualquier fluctuación futura del valor monetario o variaciones en la tasa de cambio del dólar estadounidense, sujeto a las condiciones siguientes: a) Período de Vigencia: El precio convenido al momento de realizar el apartado se mantendrá fijo por un plazo de hasta sesenta (60) días naturales desde la Fecha de Publicación. El cliente podrá solicitar extensiones de dicho plazo, sujetas a condiciones y tarifas adicionales estipuladas por el Integrador, las cuales deberán ser ejercidas antes del vencimiento del plazo inicial. b) Variación de la Tasa de Cambio del dólar: La obligación del Integrador de sostener el precio fijado queda condicionada a que el incremento en la tasa de cambio del dólar estadounidense, conforme al Diario Oficial de la Federación, no exceda el siete por ciento (7%) entre la Fecha de Publicación y la fecha del primer anticipo posterior al apartado. SolarfyHub dispondrá de un servicio de atención al cliente y a la integradora para resolver cualquier duda o consulta relacionada con los términos del contrato, el producto, o el proceso de compra, garantizando así una comunicación efectiva y satisfactoria entre las partes. Cualquier ajuste realizado en virtud de este artículo no excederá un porcentaje máximo del diez por ciento (10%) sobre el precio total del sistema fotovoltaico acordado al momento del apartado. Derecho de Cancelación: El Cliente tendrá el derecho de cancelar el contrato de apartado dentro de los tres (3) días naturales siguientes a la fecha de pago del apartado, recibiendo un reembolso completo del monto abonado, sin penalizaciones ni deducciones, siempre y cuando La integradora no haya realizado la visita técnica. Transcurrido el plazo señalado, el cliente podrá aún cancelar el contrato, pero estará sujeto a una deducción del veinte por ciento (20%) del monto del apartado, como compensación por reservación y gastos administrativos incurridos por el Integrador y la plataforma.

Cláusula Décima Quinta. Anticipos del Cliente. – Pago al Integrador y Cobro de la Mensualidad. En todos los casos, independientemente de la forma de pago: Financiamiento o de Contado, el proceso de cobro al Cliente y pago al Integrador se realizara a través de SolarfyHub; de tal forma que para efectos de no tener contingencias fiscales y garantizar al cliente el destino de sus recursos, SolarfyHub facturará todos los anticipo realizados por el Cliente para la adquisición de su Sistema Fotovoltaico; y posteriormente el Integrador deberá facturar lo correspondiente a SolarfyHub en los siguientes términos:

Anticipos del Cliente I. Comúnmente el primer anticipo que se reciba del cliente será del 60% del Valor del Proyecto; sin embargo, los porcentajes que aquí se mencionan (incisos del i. al iv.), se podrán modificar si existe una variación en acuerdo de las cuatro partes involucradas: el Cliente, el Integrador, SolarfyHub, y en su caso, la Institución que otorgue el Financiamiento o Arrendamiento, según corresponda. II. El segundo anticipo del Cliente comúnmente será del 20% del Valor del Proyecto, el cual realizará al momento de recibir físicamente los Paneles Solares en el Domicilio de la Instalación. III. El tercer anticipo, comúnmente será del 15% del Valor del Proyecto y se realizará al momento de concluir la instalación y se realice la Prueba de Encendido. IV. Finalmente el último pago comúnmente será del 5% del Valor del Proyecto y lo realizará el cliente al momento de que se concluya el Trámite de Interconexión y se enciendan los paneles para su continuo funcionamiento.

Pago al Integrador V. A efecto de garantizarle al Cliente el destino de sus recursos, el pago del Sistema Fotovoltaico se realizará mediante pagos directos a los proveedores de los Paneles Solares y del(los) Inversor(es); el resto del recurso se entregará al Integrador, de esta forma el Integrador en cada Transacción Comercial o Venta Concretada definirá el destino de los recursos recibidos del Cliente de acuerdo a la administración de los anticipos, salvo la comisión de SolarfyHub, la cual será aplicada en cada anticipo del Cliente en términos de la Cláusula Decima Segunda del presente documento. VI. En pagos con tarjeta de débito o crédito por parte del Cliente, el cargo que realiza la Institución Financiera por el servicio de pago a través de dicho medio, será a cargo del Integrador, mismo que será deducido del(los) pago(s) que se haga(n) al Integrador que se definen el inciso V. anterior de la presente Clausula. VII. En el caso de que la Institución que otorgue el Financiamiento o Arrendamiento realice el pago en una sola exhibición o en una proporción diferente a las definidas en los incisos i. a iv. de esta Cláusula, SolarfyHub pagará al Integrador como monto máximo el comúnmente definido en los incisos i. a iv. anteriores; esto último salvo pacto en contrario de las Partes y por escrito. VIII. Una vez recibido el primer anticipo del Cliente, SolarfyHub le notificará al Integrador dicha situación y este instruirá a SolarfyHub para depositar al proveedor de los Paneles Solares y al proveedor del(los) Inversor(es) los montos a pagar, así como los montos a ser transferidos a la cuenta de él mismo Integrador, respetando las proporciones de las administraciones definidas en los términos de los incisos del i. al v. de esta Cláusula. IX. Los pagos a los proveedores se harán mediante la presentación, vía electrónica en PDF, de las cotizaciones formales de los proveedores de los equipos a nombre de SolarfyHub. Así mismo, las trasferencias a los Integrador se harán posterior a la recepción de la factura correspondiente. X. Para efectos del inciso anterior, será responsabilidad del Integrador proveer a SolarfyHub de las citadas cotizaciones formales del proveedor, los datos de depósito, así como proporcionar a los proveedores los datos fiscales para efectos de la emisión de las facturas correspondientes en favor de SolarfyHub, de acuerdo al inciso XV. de la presente Cláusula de este documento. Sin las facturas de los proveedores y la del Integrador, no se realizará el pago al Integrador de acuerdo a la administración que se trate. XI. La logística de entrega de los equipos deberá estar incluida en el pago al proveedor; por tanto, una vez pagados los equipos a los proveedores y dado que este fue selección del Integrador, salvo pacto en contrario entre las Partes, el Integrador es responsable de supervisar la entrega de los equipos en el Domicilio de Instalación del Cliente. XII. En el momento que se reciban el o los equipos en el Domicilio de Instalación, el Integrador deberá notificar a SolarfyHub para que, en su caso, le sea solicitado al Cliente el siguiente anticipo según corresponda. XIII. Para efecto del pago al Integrador, posterior a concluir la instalación, el Integrador deberá: a. Corroborar que los proveedores de los Paneles Solares y el(los) Inversor(es) hayan enviado correctamente a SolarfyHub la factura correspondiente por el pago de dichos equipos, indicando claramente el Número de Serie del(los) Inversor(es) instalado(s). b. Haya sido configurado correctamente el Inversor. c. Haya sido configurado e instalado correctamente el Monitoreo y este haya sido activado en la plataforma correspondiente para el seguimiento de SolarfyHub. XIV. Para efecto del último pago al Integrador, posterior al encendido permanente del Sistema Fotovoltaico, el Instalador deberá enviar en PDF a SolarfyHub al correo electrónico expedientes@solarfyhub.com indicando en el asunto el No. del Cliente, los siguientes documentos: a. Diagrama Unifilar b. Copia del Anexo II, entregado a CFE para la gestión del trámite de interconexión. c. Copia del Certificado del UVIE, en su caso. d. Copia del certificado del UIE, en su caso. e. Ficha técnica de los paneles instalados f. Ficha técnica del(los) Inversor(es) instalado(s). g. Fotografía del medidor bidireccional con al menos 1 (un) Kw de producción. XV. Los datos de facturación de SolarfyHub son: a. Nombre: MDA TECHNOLOGY SOLUTIONS S.A.S. b. RFC: MTS230324AW4 c. Gastos generales d. Correo Electrónico: expedientes@solarfyhub.com e. Clave SAT – Paneles Solares: 261116 07 f. Clave SAT – Inversor con monitoreo: 391210 06 g. Clave SAT –Clave SAT – Estructura: 313312 00 i. Clave SAT – Servicio de Instalación (Kit): 721512 03 Debiéndose anotar en cada factura, como parte del cuerpo de la misma, el No. del Cliente asociado a la dicha factura.

Cobro de la Mensualidad al Integrador XVI. SolarfyHub puede usar a un tercero como agente de pago (“Agente de Pago”) para cobrar al Integrador la mensualidad por concepto de Acceso a la Plataforma Digital; cobro que se realiza mediante dos opciones: i) A través de una cuenta de pago asociada del Integrador (Tarjeta de Crédito/Debito o Cuenta de Cheques), con una cuenta de SolarfyHub en una operación recurrente y automática. ii) Mediante una liga enviada por correo electrónico desde nuestra cuenta atención@Solarfyhub.com misma que lo enlazará a un Agente de Pago para que realice el pago desde la comodidad de su casa u oficina. El proceso de pagos estará sujeto a los términos, condiciones y políticas de privacidad del Agente de Pago y por tanto al ser un tercero independiente a SolarfyHub, SolarfyHub no es responsable por el manejo de la información del Agente de Pago o errores asociados.

Cláusula Décima Sexta. Garantías. I. Garantía de Instalación: El Integrador se obliga a ofrecer 2 años de garantía en la instalación del Sistema Fotovoltaico, comprendiendo dentro de dicha actividad: i) las Estructuras Fotovoltaicas utilizadas, ii) la Ductería y cableado con todos sus accesorios, iii) la utilización de cable fotovoltaico en la instalación entre los Paneles Solares y de los Paneles Solares al Inversor, iv) la seguridad de la capacidad adecuada e insumos de calidad y su correcto funcionamiento de toda la instalación eléctrica. II. Garantía de Equipo: Integrador mediante esta garantía se obliga a ofrecer en el mismo plazo de los 2 (dos) años, a partir del encendido permanente del Sistema Fotovoltaico, la misma garantía que el proveedor del equipo ofrece ante el incumplimiento en no respetar los parámetros requeridos o estipulados por los proveedores de Paneles Solares e Inversores para su correcto funcionamiento al momento de instalar dicho equipo; parámetros que definen los correspondientes proveedores para la aplicación de las garantías que ellos ofrecen por sus equipos. Derivado de lo anterior, el Integrador durante los 2 (dos) primeros años a partir del encendido permanente del Sistema Fotovoltaico, por este medio asume la responsabilidad y cobertura de daños y perjuicios del Cliente y de SolarfyHub, en su caso, si los proveedores de los equipos no aprueban la garantía por algún daño en los equipos que le son adquiridos, derivado de la inadecuada instalación por parte del Integrador al no respetar los parámetros requeridos o estipulados por los mismos proveedores de Paneles Solares e Inversores para su correcto funcionamiento. III. Garantía de Servicio: Independientemente del tiempo transcurrido a partir de la instalación del Sistema Fotovoltaico y encendido permanente del mismo, el Integrador se compromete a asistir al Cliente en cualquier defecto, anomalía o situación relativa al Sistema Fotovoltaico instalado, apoyándolo en el mantenimiento preventivo o correctivo según corresponda, se solicite o se contrate, o en su caso, haciendo válidas las garantías que a él compete, así como apoyándolo a él y a SolarfyHub, en su caso, a hacer válidas las garantías que le corresponden al fabricante o proveedor de los equipos fotovoltaicos,

Cláusula Décima Séptima. Vigencia. – La vigencia del presente documento abarca a partir de su firma y hasta el término de 5 (cinco) años en todas sus Cláusulas, periodo que se renovará automáticamente salvo notificación de suspensión del servicio materia de este contrato por alguna de la Partes en cualquier momento. Así mismo las Partes acuerdan que las obligaciones de confidencialidad y uso estricto definidas en la sección del NCNDA aplicarán a toda la información, incluso aquella entregada previamente o con posterioridad a la firma del presente contrato.

Cláusula Décima Octava. Sobre el Requerimiento Judicial o Extrajudicial. – En caso de que el Integrador sea requerido por alguna autoridad judicial o administrativa, persona física o moral, con la finalidad de hacerles de su conocimiento Información Confidencial, el Integrador queda obligado a informar inmediatamente al representante legal de SolarfyHub, persona moral y/o persona física a quien protege el NCNDA, quienes determinarán bajo que términos deberá responder. Si el Integrador revela información confidencial sin notificar previamente a SolarfyHub, será responsable de los daños y perjuicios que cause, además de los procesos administrativos, legales o penales que correspondan.

Cláusula Décima Novena. Auditoría. – SolarfyHub podrán realizar auditorías regulares basadas sobre el cumplimiento de las obligaciones referente y relativo a la calidad del Sistema Fotovoltaico, así como a la seguridad de la Información Confidencial, aplicable al presente Contrato Master. Los resultados serán discutidos en detalle por las Partes, y se pondrán de mutuo acuerdo planes de acciones necesarios para mantener y mejorar el cumplimiento de sus obligaciones. Después de la entrega de los resultados de la auditoria, el Integrador tendrá 15 (quince) días para confirmar a SolarfyHub los planes de acción correlativos que esté tomando para corregir cualquier deficiencia que hubiere sido detectada por la auditoria correspondiente; de lo contrario le será suspendido el servicio de SolarfyHub materia del presente Contrato Master al Integrador hasta su corrección, sin que deje de tener vigencia el mismo en todo su clausulado, así como si como las obligaciones inherentes del Integrador.

Cláusula Vigésima. Cesión. – El Integrador manifiesta su conformidad y aceptación anticipada a la cesión de derechos total o parcial del presente Contrato Master, cesión de posición contractual, transferencia, afectación en garantía u otros derechos que SolarfyHub pudiera ejercer en favor de un tercero en relación con las disposiciones el presente Contrato Master, los mismos que surtirán efecto desde el momento en que sean comunicados por escrito al Integrador. De tal forma que SolarfyHub podrá ceder o transferir el presente Contrato Master o sus derechos o constituir garantías sobre el presente documentos o derechos, a uno o más terceros (de ahora en adelante el “Cesionario”), sin necesidad de autorización del Integrador. Cualquier Cesionario de SolarfyHub tendrá todos los derechos, así como sus obligaciones, salvo pacto en contrario por escrito. El Integrador conviene y se obliga a no interponer en contra de cualquier Cesionario cualquier oposición que el Integrador pudiera tener en contra de SolarfyHub. Por lo tanto, el Integrador renuncia expresamente a lo dispuesto en el artículo 1832 y 1901 del Código Civil para el Estado de Veracruz, correlativos del Código Civil Federal y de más correlativos de los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana. El Integrador no tendrán más obligaciones ante el Cesionario de las que tenían con SolarfyHub al momento de la cesión respectiva, y dicha cesión no deberá limitar o restringir los derechos del Integrador conforme al presente Contrato Master. Derivado de la cesión relativa a esta cláusula, en este acto el Integrador: a) Otorga su consentimiento con respecto de dichas cesiones o transferencias. b) Conviene en cumplir con los términos de cualquiera de dichas cesiones y/o transferencias. De igual forma, de conformidad con lo previsto en esta cláusula, el Integrador conviene que cualquier cesión o transferencia hecha por SolarfyHub no modifican en forma alguna las cargas, derechos y obligaciones impuestos al Integrador mediante el presente documento. En el caso de una cesión y/o transferencia, toda referencia hecha a SolarfyHub dentro del presente contrato, incluirá al Cesionario, con los derechos y obligaciones que a este corresponda en los términos expuestos en este documento.

Cláusula Vigésima Primera. Términos y Condiciones Generales de Acceso o Uso de los Servicios. – El presente Contrato Master está sujeto a las cláusulas de los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ACCESO O USO DE LOS SERVICIOS QUE OFRECE SOLARFYHUB A TRAVÉS DE SU PLATAFORMA DIGITAL, los cuales forman parte integral del presente documento como si a la letra se insertase y mismos que pueden ser accesados a través del sitio web https://SolarfyHub.com: “Términos y Condiciones”.

Cláusula Vigésima Segunda. Acuerdo Total, Modificaciones y Validez. – El presente documento constituye el acuerdo total entre las Partes, la totalidad de las declaraciones, discusiones previas, condiciones y aseveraciones verbales o escritas, expresas o implícitas que no están específicamente incluidas en este instrumento, no surtirán efecto alguno. El presente Contrato Master sólo puede ser modificado por SolarfyHub previa notificación por escrito al Integrador a través de sus representantes legales. Si cualquier parte o disposición contenida en el presente Convenio es declarada inválida o inaplicable conforme a la ley, dicha parte o disposición quedará sin efecto, sin que de ninguna manera se afecte la validez de la parte remanente de dicha disposición o del resto de las disposiciones del presente documento.

Cláusula Vigésima Tercera. Encabezados. – Los encabezados de las cláusulas del presente escrito se han colocado para conveniencia de las partes con el exclusivo objeto de facilitar su lectura y localización, por tanto, no necesariamente define ni limitan el contenido de las mismas. Para la interpretación de cada cláusula deberá atenderse exclusivamente a su contenido, y de ninguna manera a su título, por lo que no afectará la interpretación y validez del presente documento, ni los términos, condiciones, derechos u obligaciones establecidos en el presente Contrato Master.

Cláusula Vigésima Cuarta. Divisibilidad. – Las estipulaciones del presente escrito se considerarán independientes unas de otras y en caso de que alguna de ellas sea declarada no exigible o nula, dicha falta de exigibilidad o nulidad no afectará la validez del resto de las mismas. De la misma manera, si cualquier circunstancia derivada de la modificación de leyes existentes, la publicación de nuevas leyes o de la resolución de autoridad competente, las partes acordarán modificar alguna disposición específica del presente Contrato Master, se entenderá que el resto del documento mantendrá su vigencia en los términos y condiciones pactados en el presente.

Cláusula Vigésima Quinta. Ausencia de Vicios, Legislación Aplicable y Jurisdicción. – Las partes manifiestan que no existe dolo, violencia o error que pueda invalidar el presente Contrato Master y convienen en sujetarse a los términos del mismo. Ambas partes manifiestan de manera irrevocable que para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato Master, se someten expresamente a las Leyes y Tribunales de la Boca del Río, Veracruz, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponderle por razón de domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.

Cláusula Vigésima Sexta. Arbitraje. – Las Partes acuerdan someter cualquier controversia entre las partes que surja de o en relación a este contrato, incluyendo preguntas sobre su existencia, validez o terminación de acuerdo a las reglas de arbitraje en primera instancia del Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz (CEJAV) sede Veracruz o a la Procuraduría Federal Del Consumidor (PROFECO) es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato.  para todo lo concerniente a la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes acuerdan someterse de manera expresa a las leyes vigentes en el Estado de Veracruz, así como a la jurisdicción y competencia de los Tribunales del fuero común en la ciudad de Boca del Río, Veracruz, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles.

Leído por las Partes y debidamente enterado de todas y cada una de las cláusulas y del contenido y alcance legal del presente Contrato Master, este documento está firmado y aceptado por las Partes mediante Firma Electrónica la cual es válida y aceptada como firma a mano mediante el correo electrónico manifestado por el Integrador en el proceso de registro y Creación de Cuenta y por el correo atencion@solarfyhub.com por parte de SolarfyHub. Lo anterior en términos de la legislación aplicable y de los artículos 1803, 1804, 1807 y 1834 bis del Código Civil Federal, así como en los artículos 75,78, 89, 333, 1205, 1298-A del Código De Comercio Federal y el artículo 210-a del Código Federal de Procedimientos Civiles. Asimismo, se basan en los artículos 1 y 10 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada, además de estar respaldados por las disposiciones establecidas en la ley federal de telecomunicaciones y radiodifusión y en la ley federal de protección de datos personales en posesión de los particulares y lo establecido en las jurisprudencias 1A./J. 46/2017, 1A. XLII/2018, 1A. X/2020 (10A.)

 

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